Litoral

El litoral es, con carácter general, una zona de alto valor ecológico. Al mismo tiempo supone la confluencia de multitud de usos e intereses. Además, ha sufrido históricamente una ocupación desmesurada y desordenada.

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El conocimiento de los valores naturales de los diferentes ecosistemas presentes y de los diferentes usos y actividades es muy importante, si se quiere desarrollar una correcta gestión del espacio.

Los principales servicios que podemos ofrecer en este ámbito son:

  • Gestiones, estudios y proyectos en el Dominio Público Marítimo Terrestre y Zona de Servidumbre de Protección:

Se realizan todo tipo de gestiones burocráticas con las Administraciones competentes relacionadas con las Salinas, Esteros, Marismas, Piscifactorías, como son la tramitación de concesiones, ayudas, ocupaciones, entre otros.

Por otro lado, en muchas situaciones se requiere la elaboración de estudios y proyectos que inciden en el ámbito litoral, como la restauración de dunas, análisis de acantilados y plataformas costeras, como la puesta en marcha de nuevas explotaciones salineras, piscícolas y nuevos usos vinculados al turismo de naturaleza y la innovación.

  • estudios relacionados con la Gestión Integrada de Áreas Litorales.

La GIAL es una disciplina que da respuesta a muchos de los problemas planteados en esta zona tan sensible de nuestro territorio. Se realizan estudios que abordan las diferentes problemáticas trasversales de ordenación y usos de los recursos existentes.

Con respecto al medio marino, la bases de las Estrategias Marinas surgen a raíz de la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina (DMEM), que establece que los Estados miembros deben adoptarlas medidas necesarias para lograr o mantener un buen estado ambiental del medio marino en el año 2020. Esta Directiva fue traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino.

Es necesario incluir con los proyectos incluidos en el ANEXO I: Actuaciones que deben contar con informe de compatibilidad con las estrategias marinas del Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas, como por ejemplo:

  • Instalación de cables submarinos de telecomunicaciones o de electricidad, colocados sobre el lecho marino o enterrados bajo el mismo.
  • Instalación de conducciones para vertidos desde tierra al mar o captaciones de agua de mar sobre el lecho marino o enterrados bajo el mismo.
  • Infraestructuras marinas portuarias.
  • Infraestructuras marinas de defensa de la costa.
  • Energías renovables en el mar.
  • Balizamientos de señalización de áreas ecoturísticas, áreas de custodia marina o asimiladas mediante la instalación de boyas o cualquier otro dispositivo flotante siempre y cuando los mismos vayan anclados al fondo marino.
  • Fondeaderos fuera de la zona de servicio adscrita a los puertos, y dentro de la zona de servicio cuando en su instalación y uso se afecte de forma directa a espacios marinos protegidos, o a hábitats, o a especies con alguna figura de protección.
  • Arrecifes artificiales.
  • Instalaciones de acuicultura marina para el cultivo o engorde de especies comerciales.

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